Gobierno transfiere 7.000 millones de dólares a Colpensiones desde fondos privados

Gobierno transfiere 7.000 millones de dólares a Colpensiones desde fondos privados

El Ministerio de Trabajo ha emitido el decreto 415 de 2026, que obliga a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a transferir más de 25 billones de pesos (aproximadamente 7.000 millones de dólares) a Colpensiones. Esta medida afectará a 119.632 colombianos que cambiaron de régimen privado a público bajo la reciente reforma pensional. El decreto establece un plazo de 20 días hábiles para que las AFP trasladen el 50% de los recursos, y un periodo adicional de 10 días para el resto. Esto implica que los fondos deben ser trasladados antes de la primera vuelta presidencial, programada para el 31 de mayo.

Rodrigo Castillo, exvicepresidente de operaciones de Colpensiones, señala que esta disposición repercutirá principalmente en el portafolio conservador de las AFP. Según sus estimaciones, el Gobierno debería haber limitado el traslado a los saldos de quienes ya están pensionados, lo que representaría cerca de 4 billones de pesos, equivalente al 16% del total. Castillo anticipa que el decreto probablemente será impugnado ante el Consejo de Estado, y advierte que, sin una suspensión provisional, será ineficaz. Asofondos, el gremio que representa a las AFP, confirma que procederán con acciones legales contra el decreto.

Contexto legal y grupos de afiliados

El decreto se emite en un contexto de vacío legal, ya que la Corte Constitucional suspendió la reforma pensional en junio de 2025. Actualmente, solo está activo el artículo que permite a los afiliados cambiarse de régimen, sobre el cual se basa la operación del Gobierno. El decreto clasifica a los afiliados en dos grupos distintos. El primero incluye a 22.472 personas que ya están pensionadas y reciben su mesada del Estado, manteniendo sus ahorros en las AFP. El Gobierno argumenta que este escenario es financieramente contradictorio, ya que Colpensiones asume responsabilidades sin contar con los activos correspondientes.

El segundo grupo está formado por 97.160 afiliados que se han cambiado pero aún no cumplen los requisitos para pensionarse. Para este grupo, el decreto argumenta que, al estar en el régimen público, deben ajustarse a las reglas del Régimen de Prima Media, un fondo solidario que financia no solo pensiones de vejez, sino también prestaciones por invalidez y muerte. La norma sostiene que mantener sus recursos en las AFP “genera expectativas ciertas de reconocimiento futuro de prestaciones a cargo de Colpensiones” y crea un desajuste financiero.

Justificación del cambio

La justificación del Gobierno se centra en la sostenibilidad financiera. Según el decreto, la nómina pensional de Colpensiones alcanzó 55,5 billones en 2024, de los cuales 15,3 billones provienen de traslados desde el régimen privado. Permitir que esos recursos permanezcan en las AFP genera un desequilibrio financiero, en contra del principio de sostenibilidad consagrado en la Constitución.

En términos de la composición del traslado, las AFP deberán transferir exclusivamente recursos en efectivo, Títulos de Tesorería (TES) de clase B y títulos de deuda de emisores vigilados por la Superintendencia Financiera, siempre que estos estén contemplados en el régimen de inversiones de Colpensiones. El decreto también especifica que el traslado incluye el capital acumulado y todos los rendimientos generados hasta la fecha de transferencia. Los títulos se valorarán a precios de mercado, priorizando el efectivo y las inversiones con fechas de redención en los seis meses siguientes.

Críticas y advertencias

El Banco de la República ha señalado que el traslado de recursos antes de consolidar el derecho pensional contradice el parágrafo del artículo 76 de la reforma. Además, la Contraloría advierte que el movimiento de recursos de afiliados no pensionados podría implicar que fondos destinados a ahorros se utilicen para financiar pagos actuales de pensiones, transformándolos en gasto corriente. Este sector también ha reaccionado de forma inmediata, con Andrés Velasco, presidente de Asofondos, destacando que la función de los fondos es proteger el ahorro y que no existen bases jurídicas para solicitar los recursos de quienes aún no están pensionados.

Impacto del decreto en la reforma pensional

El traslado forzoso representa uno de los puntos más debatidos de la reforma pensional. El artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, permitió a personas con 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas (hombres), que les falten menos de 10 años para pensionarse, cambiarse de régimen. Esta medida, presentada como excepcional y transitoria desde su implementación en julio de 2024, ha llevado a casi 120.000 colombianos a optar por regresar al régimen público. Con el decreto, el Gobierno avanza en la implementación de la reforma a pesar de la falta de claridad sobre su constitucionalidad. La Superintendencia Financiera será responsable de garantizar la «estricta aplicación» de la norma, lo que reconfigurará el sistema pensional colombiano al manejar un volumen histórico de recursos en un corto período.

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