La Corte Constitucional suspende la emergencia económica del Gobierno de Gustavo Petro
La emergencia económica declarada por el Gobierno de Gustavo Petro ha enfrentado un revés significativo en la Corte Constitucional. Este jueves, con una mayoría de seis votos a favor y dos en contra, la Sala Plena aceptó la solicitud de suspensión provisional presentada por el magistrado ponente, Carlos Camargo, exdefensor del Pueblo. Esta decisión anula las medidas implementadas por el presidente Petro para cubrir el déficit presupuestario de 16,3 billones de pesos que el Estado enfrentará en 2026, y prevé una probable derrota en la votación de fondo que se llevará a cabo en febrero.
Motivaciones detrás de la suspensión
La medida provisional se basa en la conclusión de que la declaratoria de emergencia económica es “manifiestamente inconstitucional”, según la mayoría de los magistrados. Aunque la Corte ha señalado que esta suspensión no implica un prejuzgamiento, el hecho de que seis de los ocho magistrados presentes hayan identificado una violación evidente a la Constitución complica la posibilidad de revertir esta decisión. En respuesta, el presidente Petro expresó en su cuenta de X: “Ahora vendrán las consecuencias de hundir el decreto de emergencia”.
Enfrentamientos políticos y judiciales
Los magistrados que votaron a favor de la suspensión, Camargo y el presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, han tenido desacuerdos directos con el presidente Petro. Camargo fue elegido magistrado en 2024 a pesar de la oposición del Gobierno, respaldado por el Partido Conservador, el Centro Democrático y Cambio Radical. Su vinculación con algunos magistrados de la Corte Suprema ha suscitado cuestionamientos durante su tiempo como defensor del Pueblo.
Ibañez, en el centro de la controversia, ha rechazado varias invitaciones del presidente Petro y ha solicitado una disculpa pública por eventos históricos, como el holocausto del Palacio de Justicia. En el contexto de la reforma pensional y otros asuntos, el clima de tensión entre el Gobierno y la Corte se ha intensificado.
Solicitudes ciudadanas y contexto legal
El proceso de suspensión recibió múltiples solicitudes ciudadanas. Candidatos presidenciales de la oposición, como Paloma Valencia y Abelardo de la Espriella, así como varios congresistas, también solicitaron la revisión de la emergencia económica. Estos pedidos fueron analizados y presentados a la Sala Plena por Ibáñez y Camargo.
La Constitución colombiana no especifica explícitamente que la Corte tenga la facultad de suspender normas, algo que fue debatido previamente. En 2023, la Corte cambió su jurisprudencia, permitiendo la adopción de medidas provisionales. Sin embargo, esta decisión se vio limitada por una sentencia de 1994 que declinó la opción de suspender decretos durante estados de emergencia.
A pesar de este contexto legal difícil, la Corte decidió cambiar su postura, lo que generó controversia y llevó a la exclusión de Ibáñez del debate por sus declaraciones sobre la posibilidad de suspender decretos de emergencia.
Consecuencias fiscales de la suspensión
La decisión de la Corte representa un apoyo considerable para los gobernadores que buscan desestimar los impuestos impuestos por el Gobierno, que ahora quedan en suspenso. Según el constitucionalista Andrés Quitián Calderón, la anulación de la emergencia libera a los gobernadores de la obligación de justificar la inconstitucionalidad.
Hasta el 22 de enero, la emergencia económica había permitido al Ejecutivo recaudar 814.000 millones de pesos. Si la Corte determina que la emergencia es inconstitucional, se podrían plantear problemas prácticos relacionados con la posible devolución de estos recursos. Además, la Corte está revisando otro decreto que impone impuestos bajo la emergencia, lo que podría llevar a nuevas solicitudes de suspensión provisional de ciertos tributos.
