Dimisión del Fiscal General del Estado tras condena del Tribunal Supremo
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha presentado su dimisión al Gobierno en una carta dirigida al ministro de Justicia, Félix Bolaños. En el escrito, García Ortiz justifica su decisión como un acto de respeto hacia el Ministerio Fiscal y la ciudadanía española. Este anuncio se produce tras conocer el fallo del Tribunal Supremo, que lo ha condenado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos, además de imponerle una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.
Motivos de la Dimisión
En la misiva, el fiscal general destaca su “profundo respeto” hacia las resoluciones judiciales y expresa su deseo de proteger la Fiscalía española. Aunque podía haber esperado hasta recibir la motivación completa de la sentencia, optó por adelantar su salida, amparándose en el artículo 31.1 a) del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), que permite su cese a petición propia.
García Ortiz agradece al Gobierno por su nombramiento en junio de 2022, afirmando que la confianza depositada en él sigue vigente, y considera que ha llegado el momento de dejar el cargo tras el fallo del Supremo. A lo largo de su proceso judicial, había rechazado dimitir, argumentando que mantenerse en su puesto era lo más prudente para la institución.
Próximos Pasos del Gobierno
La dimisión de García Ortiz no entrará en vigor hasta que el Consejo de Ministros la acepte, un procedimiento que se espera para este martes y que será publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La próxima designación del fiscal general será la cuarta desde que Pedro Sánchez ocupa La Moncloa en junio de 2018, tras las salidas de María José Segarra y Dolores Delgado.
Implicaciones de la Condena
La condena del Tribunal Supremo inhabilita a García Ortiz solo para su cargo de fiscal general del Estado, permitiéndole potencialmente solicitar su reingreso en la carrera fiscal, de la cual ha estado apartado mientras ejercía como jefe del ministerio público. Sin embargo, las normas de la Fiscalía plantean incertidumbres sobre su futuro, dada la implicación de su condena por un delito doloso. Fuentes fiscales han indicado que se deberá esperar la motivación de la sentencia para conocer sus efectos concretos.
Es probable que se inicie un expediente para evaluar cómo impacta la condena en su condición de fiscal. Al respecto, el artículo 32 d) del reglamento de la Carrera Fiscal establece que una condena por inhabilitación para un cargo público podría llevar a la pérdida de esta condición. Sin embargo, hay disposiciones que permiten al próximo fiscal general sustituir la pérdida por una sanción menos severa en ciertos casos.
Declaraciones del Presidente del Gobierno
En su primera intervención pública tras la condena de García Ortiz, el presidente del Gobierno afirmó que ya está en marcha el proceso de relevo del fiscal general. Aunque no reveló nombres, se indica que el nuevo candidato será de perfil progresista y con experiencia en la materia. Sánchez reconoció la labor de García Ortiz, pero expresó su descontento con el veredicto del Supremo, mostrando incluso su esperanza de que instancias superiores puedan revisar la sentencia.
Recurso y Futuro Legal
García Ortiz ha mantenido su inocencia y ha negado haber filtrado información durante la investigación, asegurando que la verdad se defiende. La condena impuesta, que es inferior a lo requerido por las acusaciones, carece de posibilidad de apelación estándar, limitándose a un incidente de nulidad, cuya viabilidad es remota. A partir de este punto, la única opción sería interponer un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional si considera que han sido vulnerados sus derechos fundamentales.
La condena, prevista en el artículo 417.1 del Código Penal, contempla sanciones para autoridades que revelen secretos en virtud de su cargo, con penas de inhabilitación que pueden variar. En este caso, el tribunal optó por imponer una inhabilitación de dos años y la multa mínima establecida por ley.