En Colombia, durante el mes de diciembre, todos los empleados tienen derecho a recibir la prima de servicios correspondiente al último semestre del año. Esta prestación es una compensación que realiza el empleador en reconocimiento a los beneficios económicos y sociales que recibe de sus trabajadores. La Ley 1788 detalla que esta prima también beneficia a trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días, de fincas y, en general, a quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.
Fechas clave para el pago de la prima de servicios
Según el Artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo, el plazo límite para recibir la segunda mitad de la prima de servicios, correspondiente al segundo semestre del año, es el 20 de diciembre. La primera parte de esta prima se paga en el mes de junio.
Cálculo de la prima de servicios para 2025
La prima anual equivale a 30 días de salario para aquellos trabajadores que laboran todos los días. En junio, se liquidan 15 días, y en diciembre, se entrega la otra mitad. Para aquellos empleados que ingresaron recientemente o que laboran algunos días a la semana, el cálculo se hace de forma proporcional al tiempo de permanencia en la empresa.
El cálculo de la prima se realiza multiplicando el salario base por 180 (que representa los días laborados en un semestre) y dividiendo el resultado entre 360. Por ejemplo, el salario mínimo en 2025 se establece en 1.462.000 pesos mensuales, incluyendo el subsidio de transporte. En este caso, la prima de fin de año será de 731.000 pesos. Si un trabajador no ha laborado el semestre completo, el cálculo utilizará los días efectivamente trabajados.
Consecuencias de un pago atrasado
En caso de que el empleador no cumpla con el pago en la fecha estipulada, los trabajadores tienen el derecho a presentar una queja por incumplimiento ante el inspector de trabajo. Las sanciones por no realizar el pago a tiempo pueden variar entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales vigentes. Además, el empleador estará obligado a pagar el monto adeudado, más una indemnización por la demora. El Ministerio de Justicia y del Derecho indica que las denuncias también pueden realizarse ante la Defensoría del Pueblo, el personero municipal o los consultorios jurídicos de cada municipio. Es importante tener en cuenta que el inspector de trabajo no tiene la facultad de ordenar el pago de prestaciones sociales; para ello, se debe presentar una demanda ante el juez laboral competente.
Es relevante mencionar que los trabajadores independientes, temporales, ocasionales o aprendices no reciben prima de servicios debido a su modalidad de contratación con la empresa.
