La reforma a la Ley de Amparo impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum ha logrado su aprobación en el Senado, cerrando un proceso legislativo ágil pero turbulento. Este miércoles, la iniciativa fue aprobada sin pasar por comisiones, con el respaldo de 81 votos a favor frente a 37 en contra, gracias a la mayoría de Morena y sus aliados, el Partido Verde y el Partido del Trabajo. Sin embargo, la oposición ha expresado su preocupación por el posible debilitamiento de esta figura jurídica, que ha sido un símbolo de defensa nacional desde su implementación hace más de una década.
La reforma se propuso un mes después de que Sheinbaum la enviara al Senado y ha enfrentado múltiples obstáculos, incluidos desacuerdos internos dentro del oficialismo y cambios imprecisos al texto original. La presidenta tuvo que intervenir para asegurar el avance de esta medida, considerada fundamental para su agenda política, en un contexto donde hay aproximadamente dos billones de pesos atrapados en los tribunales debido a créditos fiscales impugnados. La reforma busca reducir el uso de amparos como técnica dilatoria que impide el cobro de deudas fiscales, lo que es crucial para el mantenimiento de programas sociales sin recurrir a una reforma fiscal temida.
Un artículo transitorio polémico, que permite aplicar la nueva normativa a casos ya iniciados, ha generado controversia reciente. Varios expertos, miembros de la oposición, e incluso algunos morenistas han señalado que esta disposición podría ser inconstitucional, al violar el principio de irretroactividad establecido en el artículo 14 de la Constitución. Aunque la Cámara Baja modificó la redacción original para matizarla, persisten dudas sobre su constitucionalidad.
Desde el oficialismo se argumenta que las normas procesales no pueden considerarse retroactivas; no obstante, críticos señalan que la reforma trasciende lo procesal al afectar derechos fundamentales, como quién puede interponer un recurso y bajo qué condiciones un juez puede aprobar una suspensión. La aplicación de esta cláusula controversial dependerá de la interpretación de los jueces.
Además del impacto en los grandes deudores fiscales, la reforma también podría afectar causas relacionadas con la salud, la educación y el medio ambiente, temas frecuentemente defendidos por organizaciones civiles debido a su «interés legítimo». La nueva legislación redefine este concepto, lo que ha despertado preocupaciones entre defensores de derechos humanos, a pesar de que la versión final es menos agresiva que la propuesta inicial. Algunas figuras del propio oficialismo, como la exministra Olga Sánchez, han indicado que la reforma podría restringir el acceso a la justicia constitucional.
Puntos que generaban desconfianza entre organizaciones civiles, como la excepción de las autoridades de cumplir multas impuestas por los jueces, fueron eliminados del texto. Sin embargo, las restricciones sobre las suspensiones, que son clave para acelerar los procesos de cobro fiscal, han persistido. Las audiencias públicas permitieron que expertos abogaran por la eliminación de la noción de «interés público» como motivo para no autorizar suspensiones, un cambio que favorecía al Estado durante los juicios de amparo.
En última instancia, esta reforma se presenta como un mecanismo para agilizar los procedimientos administrativos, pero ha suscitado críticas de que prioriza el interés gubernamental sobre el de los ciudadanos en los juicios de amparo. Como reflejó la senadora panista María Guadalupe Murguía, “la reforma no es propersona, es progobierno”. Originalmente, los argumentos de la bancada morenista se centraron en la digitalización y modernización del recurso de amparo, pero estos han quedado opacados por las modificatorias que afectan la esencia misma de la ley. A pesar de la oposición y los debates, la voluntad presidencial ha prevalecido.
