Catalina Giraldo: Hacia la Asistencia Médica al Suicidio en Colombia
Catalina Giraldo, una mujer de 30 años, busca poner fin a su sufrimiento a través de la Asistencia Médica al Suicidio (AMS), un procedimiento que se convertiría en un hito en Colombia. A diferencia de las casi mil personas que han accedido a la eutanasia en el país, Giraldo desea que un profesional de la salud le proporcione los medicamentos necesarios para terminar con su vida de manera controlada y sin dolor. Su caso es único, ya que su solicitud se basa en enfermedades mentales, en lugar de enfermedades físicas incurables.
El Diagnóstico de Giraldo
Desde hace diez años, Giraldo ha estado luchando contra trastornos severos, que incluyen Trastorno Depresivo Mayor persistente, Trastorno Límite de la Personalidad y un Trastorno de ansiedad no especificado. A lo largo de su tratamiento, ha seguido 40 esquemas farmacológicos diferentes, ha pasado por tres ciclos de terapia electroconvulsiva, ha recibido terapia con ketamina y ha sido hospitalizada en nueve ocasiones. Sin embargo, estos tratamientos no han logrado brindarle una mejora constante o duradera.
La organización Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, denominada DescLab, apoya a Giraldo en su proceso judicial para acceder al AMS. Según la entidad, su situación se traduce en síntomas devastadores como insomnio persistente, pesadillas, opresión en el pecho y constantes intentos de suicidio, lo que ella considera incompatible con su dignidad.
El Contexto Legal de la AMS
La AMS fue despenalizada en Colombia en 2022, al igual que la eutanasia, gracias a una decisión de la Corte Constitucional. En esta sentencia, se argumentó que si la eutanasia se permitía, la AMS también debía ser aceptada, dado que otorga al paciente una mayor autonomía para decidir sobre su vida. La Corte expresó que quienes buscan ayuda médica para la AMS lo hacen en ejercicio de su autonomía personal.
No obstante, la Corte no aclaró el alcance de la AMS en contextos de sufrimiento psicológico. Esto plantea un dilema jurídico: si una persona con capacidad de decisión comprometida por su enfermedad puede solicitar el AMS, considerando que el Estado tiene la responsabilidad de prevenir el suicidio. Por ello, es imperativo que la decisión para acceder al AMS sea consciente, voluntaria e informada.
Aspectos Jurídicos y Éticos
La prevención del suicidio es un deber del Estado, según Diana Rocío Bernal, doctora en Bioética. Ella sostiene que, aunque pueda parecer que existen tensiones entre prevenir el suicidio y permitir el AMS, estas no son insalvables. Los esfuerzos estatales deben enfocarse tanto en la prevención de conductas suicidas como en el respeto del derecho a morir con dignidad.
El Congreso debe formular una ley que regule la AMS, así como el Ministerio de Salud debe establecer guías para su implementación. Sin regulación adecuada, hay barreras que afectan el acceso al AMS como parte del derecho a una muerte digna.
El Debate Médico
La falta de una regulación clara deja a los médicos con incertidumbres sobre quién puede acceder al AMS y en qué condiciones. La Corte Constitucional enfatizó que es fundamental mitigar los riesgos de decisiones impulsivas al implementar regulaciones sólidas. La diferencia entre enfermedades incurables y graves debe ser clara para evitar confusiones que puedan llevar a errores fatales.
La especialista Natalia Cáceres, médica y experta en salud pública, defendió que cada caso debe ser estudiado con rigor. La calidad de vida de los pacientes es un factor determinante que debe considerarse en las decisiones relacionadas con el AMS.
Perspectivas Psicológicas
La psicóloga Johana Taborda subraya que los pensamientos suicidas no siempre son el resultado de una enfermedad mental. A veces, provienen de situaciones de alto estrés o traumas. La intervención temprana puede llevar a una mejora significativa en la calidad de vida de las personas, algo que no ocurre en el caso del AMS, donde se requiere que los solicitantes demuestren un sufrimiento prolongado y persistente.
La Corte Constitucional no ha seleccionado la tutela que Giraldo presentó para acceder al AMS, lo que significa que su caso ha quedado fuera del grupo de asuntos que el tribunal revisará. Sin embargo, aún tiene la opción de solicitar a los magistrados que reconsideren su situación o esperar a que su nueva tutela sea elegida para revisión en mayo de 2026.
La Línea 106 de la Secretaría de Salud de Bogotá ofrece apoyo a personas con conductas suicidas y sus allegados, a través del número 106, el WhatsApp 3007548933 o el correo linea106@saludcapital.gov.co.
