La Justicia sanciona a la Policía Nacional por la muerte de Dilan Cruz

La Justicia sanciona a la Policía Nacional por la muerte de Dilan Cruz

El caso de Dilan Cruz, un joven de 18 años que fue asesinado el 23 de noviembre de 2019 por un disparo de una munición conocida como bean bag, se convierte en un hito emblemático de la protesta social y de la violencia policial en Colombia. Este desenlace trágico ocurrió en pleno centro de Bogotá, cuando el capitán Manuel Cubillos, integrante del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), disparó un arma clasificada como “de menor letalidad”. A días de graduarse como bachiller, Dilan quedó tendido en la vía y su familia ha luchado incansablemente por justicia desde entonces.

Recientemente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de la familia de Dilan, reconociendo la muerte del joven como una «grave violación de los derechos». En esta segunda instancia, el tribunal determinó que la Policía cometió un error al clasificar el arma utilizada por Cubillos y cuestionó el uso de la fuerza durante la protesta, señalando que el entendimiento habitual dentro del ESMAD era incorrecto. Según el fallo, los agentes no evaluaron adecuadamente si el uso del arma era proporcional a la situación que enfrentaban.

El Tribunal subrayó que, según la declaración del capitán Cubillos, no había conciencia de que el uso del «bean bag» pudiera resultar mortal. En este sentido, el dictamen del Instituto de Medicina Legal confirmaba desde el principio que el impacto del disparo causó “severos e irreversibles daños a nivel del encéfalo”, calificando el incidente como homicidio.

El fallo del Tribunal también desestimo los argumentos de la defensa del ESMAD, que sostenía que Dilan había actuado de forma que justificara el uso del arma. En el documento se establece que la devolución de gases lacrimógenos no puede ser considerada como una amenaza que amerite el uso de una munición potencialmente letal, enfatizando que este tipo de circunstancias debería ser regulado estrictamente.

Además, el Tribunal ordenó al comandante de la Policía Nacional, general Oswaldo Rincón, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y ofrecer disculpas a la familia de Dilan. En esta ceremonia, que deberá llevarse a cabo en un plazo de un mes, se deberá enfatizar que los manifestantes pacíficos tienen derecho a la integridad personal sin ningún tipo de agresión.

La abogada de la familia, Daniela Rodríguez, destacó que esta decisión es un avance significativo tanto para la familia de Dilan como para la sociedad colombiana, reafirmando que la participación en protestas sociales es un derecho constitucional. Rodríguez enfatizó la necesidad de reconocer que la protesta no debe ser objeto de estigmatización o criminalización.

Este fallo no es el único proceso judicial relacionado con el caso de Dilan Cruz. Actualmente, se investiga la responsabilidad individual de Cubillos, quien fue sancionado por la Procuraduría hace dos años pero aún ostenta su cargo en la Policía.

La decisión del Tribunal se da en un contexto complicado para la protesta social en Colombia. Recientemente, el ministro designado de Defensa, general Jorge Mora, anunció cambios en el ESMAD, revirtiendo decisiones de la administración anterior que buscaban priorizar el diálogo sobre el uso de la fuerza en protestas y bloqueos, lo que ha generado preocupación entre los defensores de derechos humanos.

A lo largo de estos años, la madre de Dilan ha sido una figura constante en las movilizaciones sociales, buscando justicia y recordando a su hijo con una foto en mano. Con el apoyo de sus hijas, ha continuado su lucha, un esfuerzo que, aunque ha sido parcial, ha comenzado a obtener atención y repercusión.

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